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lchourio
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    2828Adicionalmente, de acuerdo a esta ley, el Poder Público "... tiene la obligación de compartir entre sí la información pública que conste en sus archivos y repositorios digitales, de conformidad con lo establecido en la ley que regule la materia sobre el intercambio electrónico de datos, información y documentos, salvo las excepciones establecidas en la Constitución de la República y la normativa aplicable (Artículo 32).
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    30 
    31 LEY SOBRE MENSAJES DE DATOS Y FIRMAS ELECTRÓNICAS 2001
    32 
    33 
    34 
    35 Artículo 1.- El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar y reconocer eficacia y
    36 valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información
    37 inteligible en formato electrónico, independientemente de su soporte material,
    38 atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como regular todo
    39 lo relativo a los Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados
    40 Electrónicos.
    41 El presente Decreto-Ley será aplicable a los Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas
    42 independientemente de sus características tecnológicas o de los desarrollos
    43 tecnológicos que se produzcan en un futuro. A tal efecto, sus normas serán
    44 desarrolladas e interpretadas progresivamente, orientadas a reconocer la validez y
    45 eficacia probatoria de los Mensajes de datos y Firmas Electrónicas.
    46 La certificación a que se refiere el presente Decreto-Ley no excluye el cumplimiento de
    47 las formalidades de registro público o autenticación que, de conformidad con la ley,
    48 requieran determinados actos o negocios jurídicos.
    49 
    50 Artículo 3.- El Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para que los
    51 organismos públicos puedan desarrollar sus funciones, utilizando los mecanismos
    52 descritos en este Decreto-Ley.
    53 
    54 Artículo 4.- Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley
    55 otorga a los documentos escritos, sin perjuicio de lo establecido en la primera parte del
    56 artículo 6 de este Decreto-Ley. Su promoción, control, contradicción y evacuación
    57 como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las pruebas libres en
    58 el Código de Procedimiento Civil.
    59 La información contenida en un Mensaje de Datos, reproducida en formato impreso,
    60 tendrá la misma eficacia probatoria atribuida en la ley a las copias o reproducciones
    61 fotostáticas.
    62 
    63 Artículo 16.- La Firma Electrónica que permita vincular al Signatario con el Mensaje
    64 de Datos y atribuir la autoría de éste, tendrá la misma validez y eficacia probatoria que
    65 la ley otorga a la firma autógrafa
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    69 
    70 
     30También es importante mencionar la '''Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas''', publicada en el año 2001, que tiene como finalidad reconocer el valor jurídico de la firma electrónica, los mensajes de datos y la información en formato electrónico. En este sentido se establece que "El Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para que los organismos públicos puedan desarrollar sus funciones, utilizando los mecanismos descritos en este Decreto-Ley" (Artículo 3). Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos..."(Artículo 4). La Firma Electrónica que permita vincular al Signatario con el Mensaje de Datos y atribuir la autoría de éste, tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa (Artículo 16).
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